Seguimiento del doctorando

Documento de Actividades do Doutorando

Una vez matriculado en el Programa, se materializará para cada doctorando el documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorando según lo que establezca la unidad responsable de los estudios de doctorado en la Universidad y se evaluará anualmente por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

 

Dicho documento deberá ajustarse al formato establecido en cada Universidad, registrarse en la aplicación informática y deberá quedar constancia documental que acredite la realización de las actividades realizadas por el doctorando. Este documento se evaluará anualmente por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

El doctorando tendrá acceso al Documento de Actividades de Doctorando para anotar y actualizar las actividades que realice en el contexto del programa. Sus registros serán validados por el órgano académico correspondiente tras la valoración del tutor /a y el /la directora/a, previa comprobación por parte de la administración de la autenticidad/veracidad de los méritos alegados, en su caso.

 

Al Documento de Actividades de Doctorando tendrán acceso, para las funciones que correspondan en cada caso, el doctorado, o su tutor/a, o su director/a de tese, la Comisión Académica del Programa de Doctorado, la unidad responsable de los estudios de doctorado en la Universidad y el personal de administración responsable.

 

 

Comisión de seguimiento del doctorando/a

En el programa de doctorado DOMAR, además de la supervisión por parte de los directores/as de tesis, cada estudiante cuenta con una Comisión de Seguimiento que se encarga de orientarle a lo largo de su tesis, arbitrando discrepancias y evaluando anualmente el Plan de Investigación.

 

Esta Comisión de Seguimiento, específica para cada alumno/a, es nombrada por la Comisión Académica a propuesta de los/as directores/as de tesis, en los primeros 3 meses después de la matrícula. Generalmente está formada, además de por el/los directores, por dos investigadores de instituciones diferentes y, siempre que sea posible, de una institución gallega y otra portuguesa pertenecientes a DOMAR o, en su defecto, de alguna institución internacional.

 

Plan de Investigación

Antes de seis meses desde la fecha de matrícula, el/la doctorando/a elaborará un plan de investigación, que presentará ante su comisión de seguimiento. El plan de investigación incluirá una introducción, la metodología empleada y los objetivos que se han de alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para alcanzarlo. El plan debe ser presentado y avalado con el informe de la Comisión de seguimiento y debe ser aprobado por la CAPD.

 

Anualmente, el estudiante deberá presentar y defender ante su comisión de seguimiento un resumen de su desempeño en el que se incluye: las tareas realizadas según el cronograma del Plan de Investigación, las dificultades encontradas en caso de retrasos en su ejecución, el programa, las actividades formativas realizadas y la propuesta de actividades y tareas de tesis para el año siguiente, especialmente si difieren del cronograma inicial.

La CAPD supervisará anualmente el plan de investigación, el plan de formación y el documento de actividades.

 

Para ello dispondrá de los informes que para tal efecto emitirán el/la tutor/a y el/la director/a, así como los informes de la comisión de seguimiento. La evaluación positiva de la CAPD es requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el/la estudiante de doctorado tendrá derecho a una nueva evaluación en el plazo de seis meses en UVIGO y 3 meses en la USC y la UDC, para lo que elaborará un nuevo plan de investigación y/o de formación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, causará baja definitiva en el programa.

 

Compromiso de supervisión

Las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los doctorandos se reflejará en un Compromiso de supervisión. Dicho compromiso será firmado por el coordinador/a del programa, el Tutor y el doctorando en un plazo máximo de un mes para contar desde la fecha de matrícula, incorporándose la firma del Director en el momento de su designación. Este Compromiso de supervisión se incorporará al Documento de Actividades del Doctorando en el momento de su firma por todos los implicados.

 

En el Compromiso de supervisión se especificará la relación académica entre el doctorando y la Universidad, sus derechos y deberes, incluyendo los posibles derechos de propiedad intelectual y/o industrial derivados de la investigación, así como la aceptación del procedimiento de resolución de conflictos y la duración del mismo. Se incluirán también los deberes del Tutor del doctorando y de su Director de tese.

 

En el compromiso de supervisión deberán figurar las condiciones en las que se publicará la tese de doctorado.

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